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El policía le daba información al Clan del Golfo sobre la presencia de la Fuerza Pública y los resultados de sus operaciones.

La Procuraduría General de la Nación profirió cargos a William Moreno Terán, quien mientras se desempeñó como patrullero en la Estación de Policía de Chigorodó, Antioquia, entre octubre de 2019 y agosto de 2021, al parecer, acordó con el Grupo Armando Organizado (GAO) del Clan del Golfo, Subestructura “Carlos Vásquez”, proporcionarles información sobre la presencia de la Fuerza Pública en la zona y los resultados de actos delictivos perpetrados por dicho grupo ilegal a cambio de remuneración económica.

Con fundamento en las pruebas recaudadas, el ente de control concluyó que mientras Moreno Terán desempeñaba funciones como miembro de la Policía Nacional en dicho municipio antioqueño, localizado en la subregión de Urabá, presuntamente incurrió en una falta gravísima a título de dolo al colaborar con dicho grupo ilegal.

De acuerdo con la Procuraduría el uniformado les daba información para que pudieran accionar su actuar delictivo sin que fueran perseguidos o capturados por la Fuerza Pública.

Esta decisión es adoptada en el marco de las investigaciones que adelanta la Procuraduría General de la Nación a raíz del testimonio rendido ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por parte de Dairo Antonio Úsuga David, alias “Otoniel”, exjefe del Clan del Golfo, quien manifestó el presunto apoyo y colaboración de servidores públicos, en especial, de la Fuerza Pública, con dicho grupo armando organizado.

Alias Otoniel no podrá ingresar a la JEP  

Recientemente los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) determinaron en última instancia que el extraditado narcotraficante y ex jefe de la banda criminal del Clan del Golfo Dairo Antonio Úsuga David, alias Otoniel, no podrá acceder a los beneficios de ese tribunal.

La decisión fue adoptada por parte de la Sección de Apelación de la JEP que revisó un recurso instaurado, por parte de la defensa del capo del narcotráfico, con el cual buscaba tener un cupo en esa jurisdicción.

 En la resolución se concluye que alias Otoniel no puede ser admitido como un tercero civil responsable de hechos cometidos en el marco del conflicto armado colombiano.

"Quedó evidenciado que, a lo largo de su trayectoria, este militó en diversos grupos paramilitares respecto de los cuáles la JEP, en general, carece abiertamente de competencia personal", indica la resolución de la JEP.

Fuente: Sistema Integrado Digital

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