Los trabajadores del sector de vigilancia y seguridad privada en Colombia tendrán un ingreso adicional obligatorio en su salario a partir de 2026, gracias a la aplicación plena de la normativa laboral que regula su jornada y el pago de horas extras.
Aunque los vigilantes cuentan con un régimen especial, el Ministerio del Trabajo y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada confirmaron que a este gremio sí le aplica la reducción de la jornada laboral, establecida en la Ley 2101 de 2021. Desde el 16 de julio de 2025, la jornada máxima semanal pasó de 46 a 44 horas, sin reducción salarial ni pérdida de derechos.

La Ley 1920 de 2018, conocida como la “ley del vigilante”, permite turnos de hasta 12 horas diarias por la naturaleza del servicio. Sin embargo, solo ocho horas se consideran jornada ordinaria. Cualquier tiempo adicional debe pagarse como hora extra, con los recargos correspondientes si se trata de trabajo nocturno, dominical o festivo.

En la práctica, si un celador cumple turnos de 12 horas, las primeras ocho se pagan como jornada normal y las cuatro restantes deben reconocerse como trabajo suplementario. Además, desde julio de 2025, toda labor que supere las 44 horas semanales debe ser remunerada como extra, conforme a la ley. Con esta medida, el Estado refuerza la protección laboral de miles de vigilantes en el país y pone fin a la confusión sobre los turnos extendidos, garantizando pagos justos por el tiempo efectivamente trabajado
